2008-03-03

Cambios en la ley, atención motociclistas de Chile.


Ayer se sumaron nuevas exigencias legales para que los motociclistas viajen más seguros por las calles y carreteras de Chile.El proceso legal comenzó a dar sus primeros pasos el 11 de diciembre de 2007, cuando se publicó en el Diario Oficial la modificación al Decreto Supremo 234 (vigente desde 2000) para que entrara en vigencia 60 días después. O sea, ayer.Así que no está demás revisar las nuevas disposiciones de la Ley de Tránsito para evitar inconvenientes en algún eventual control de Carabineros.La leySegún lo publicado en el Diario Oficial, la adición de estos requerimientos se debe a que el parque de motocicletas, motonetas, motos para todo terreno (de tres o más ruedas) y otros similares ha aumentado. Esto se traduce en una cada vez mayor presencia de estos vehículos y sus ocupantes en calles y carreteras. Por eso "fue necesario reformular la normativa que dispone el uso de elementos de seguridad", señala el documento.Literalmente, ahora la ley dice que los motociclistas deberán:
a) Usar casco reglamentario, sujeto a la barbilla mediante hebillas o trabas que lo aseguren a la cabeza (certificados por alguna norma internacional como la DOT de Estados Unidos; EU, de Europa, e IJI, de Japón).
b) Usar protección ocular, la que podrá consistir en anteojos o ser parte integrante del casco.
c) Usar guantes de material resistente al roce que cubran la mano completa, incluyendo los dedos.
d) Usar calzado cerrado que cubra el pie, preferentemente con planta antideslizante.
e) Usar ropa que cubra totalmente piernas y brazos, preferentemente de material resistente al roce, al circular en vías con velocidad máxima de 80 km/h o superiores.
Ahora cabría preguntarse: entonces, ¿qué exigía antes la ley?La respuesta es simple. Hasta ayer los guantes sólo eran obligatorios para los motociclistas que circulaban a 80 km/h o más. Es decir, aquellos que no se protegían las manos mientras andaban por las calles de la ciudad no infringían la ley. En cambio, hoy son necesarios en todo momento.Otra disposición que se hizo extensiva para la calle es la utilización de calzado que cubra el pie completo. Anteriormente, esta norma también era una obligación únicamente para quienes andaban a 80 km/h o más. A eso se debe sumar la parte que dice que preferentemente deben tener planta antideslizante.Según Christian Shüller, de la Asociación de Motoristas Pro Chile, Amproch, esta modificación a la Ley de Tránsito es el fruto de reuniones que mantuvieron por varios meses con el Ministerio de Transportes. En esta mesa de trabajo colaboraron miembros de Amproch, clubes e independientes, abriendo un espacio para profundizar y mejorar el tema de la circulación de las motocicletas, su seguridad y efectividad e incentivo del cumplimiento de normas."Junto a Roberto Santana, jefe del departamento de normas de la Subsecretaría de Transportes, debatimos por largas horas, reuniéndonos cada 15 días durante más de ocho meses. Esto con el fin de, paso a paso, mejorar y poner al día la normativa que regía sobre el uso de las motocicletas en Chile", concluye Christian Shüller.Lo que vieneEn Amproch y el Ministerio de Transportes siguen trabajando. Y algunas de las propuestas pendientes son: viraje diferido en vías de alta circulación, diferenciación de licencia de conducir según cilindrada, incorporación de preguntas sobre circulación de motos a los exámenes de conducir de clases A y B, modificación de la posición de estacionamientos de las motos con respecto a la vereda, y modificación de las patentes delanteras por ser un elemento de riesgo a la hora de un accidente.

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